Comunicado Familia Molina Theissen exige a CSJ que militares sentenciados cumplan su condena

Esta mañana la Corte Suprema de Justicia (CSJ) conoce los argumentos por los que se debe negar el amparo interpuesto por la abogada de los militares Francisco Luis Gordillo Martínez, Manuel Antonio Callejas y Callejas y Manuel Benedicto Lucas García, condenados por delitos de Lesa Humanidad en el caso Molina Theissen con el que buscan que se ejecute la condena impuesta en sus casos bajo la modalidad de arresto domiciliar.

Pese a que la Sala Primera de la Corte de Apelaciones ya NEGÓ dicha petición, los militares insisten ante la CSJ interponiendo un amparo, mismo que EXIGIMOS se declare SIN LUGAR por los siguientes motivos:

Los delitos de desaparición forzada, violación con agravación de la pena y delitos contra los deberes de humanidad por los que fueron condenados los militares son de Lesa Humanidad y por la gravedad de ellos no gozan de medidas sustitutivas según el Código Procesal Penal y estándares internacionales en materia de derechos humanos que el Estado de Guatemala debe respetar.

Específicamente la condena impuesta por el Tribunal de Sentencia Penal de Mayor Riesgo “C” fue de 33 a 58 años inconmutables, por los que una medida como el arresto domiciliar constituiría un nuevo mecanismo de impunidad y revictimización para la familia Molina Theissen.

En otros casos relacionados con crímenes de Lesa Humanidad, los militares procesados, han utilizado la pandemia del COVID-19 con excusa para salir de prisión, y sus solicitudes han sido rechazadas debido a que los circunstancias de los hechos no han variado, existe grave riesgo de fuga y obstrucción a la Justicia, cuestión que es similar en este caso.

El derecho internacional en el contexto de la pandemia del COVID-19, ha recomendado adoptar medidas para evitar el hacinamiento en las cárceles y el contagio de los presos; sin embargo, en relación a quienes cometieron graves violaciones a los derechos humanos, reitera que no se pueden adoptar medidas que generen impunidad.

Los militares condenados en este caso, se encuentran gozando de privilegios que otros privados de libertad no tienen, la responsabilidad de garantizar su salud y vida corresponde al Estado de Guatemala, por medio de las autoridades del Sistema Penitenciario y el Centro Médico Militar, por lo que el arresto domiciliario los exime de su responsabilidad, no garantiza una mejor condición para los condenados y por el contrario abre la puerta a la IMPUNIDAD.

POR ELLO EXIGIMOS A LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DECLARE SIN LUGAR LA PETICIÓN DE LOS MILITARES CONDENADOS POR DELITOS DE LESA HUMANIDAD.
Guatemala, 6 de septiembre del 2021

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